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Grupos de riesgo: El Gobierno estableció que los tengan una dosis podrán trabajar presencialmente

A través de una resolución publicada por el Ministerio de Trabajo, el Gobierno habilitó a los empleadores a poder exigir a sus trabajadores que forman parte de grupos de riesgo para que asistan a sus puestos laborales de forma presencial si ya fueron vacunados.

En Echeverría ya son muchos los vecinos que se contactaron con #EOL para consultar, debido a que varios trabajadores del distrito fueron convocados por sus empleadores, pese a pertenecer a grupos de riesgo frente al Covid-19.


En la normativa, se estableció que todos los empleados que hayan recibido por lo menos una dosis, podrán ser convocados a trabajar presencialmente a partir de los 14 días posteriores a la aplicación de cualquiera de las vacunas contra el Covid-19.

De esta forma, a partir de los 14 días de aplicada la vacuna, los trabajadores podrán ser convocados por las empresas “independientemente de la edad y la condición de riesgo”.


En ese sentido, detallaron que "se puede convocar a trabajar de manera presencial, si han recibido la primera dosis de la vacuna, inclusive a:

- Trabajadores y trabajadoras mayores de 60 años de edad.

-Trabajadoras embarazadas.

-Trabajadores y trabajadoras incluidos en los grupos de riesgo definidos por la autoridad sanitaria nacional".

Por otro lado, la resolución establece que los trabajadores y las trabajadoras “que tengan la posibilidad de acceder a la vacunación y opten por no vacunarse, deberán actuar de buena fe y llevar a cabo todo lo que esté a su alcance para paliar los perjuicios que su decisión pudieren originar a los empleadores o empleadoras”.


Además, la Resolución Conjunta 4/2021 hace una salvedad para los grupos de riesgo que trabajan en el sistema de salud: Para que estos puedan asistir a sus labores de manera presencial deben “haber completado el esquema de vacunación en su totalidad”, es decir tener las dos dosis.


Por último, se establecieron los casos puntuales de grupos de riesgo que no podrán ser convocadas a trabajo presencial:


"Personas con Inmunodeficiencias:

- Congénita, asplenia funcional o anatómica (incluida anemia drepanocítica) y desnutrición grave.

- VIH dependiendo del status (< de 350 CD4 o con carga viral detectable).

- Personas con medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis (mayor a 2 mg/kg/día de metilprednisona o más de 20 mg/día o su equivalente por más de 14 días)


Pacientes oncológicos y trasplantados:

- Con enfermedad oncohematológica hasta seis meses posteriores a la remisión completa.

- Con tumor de órgano sólido en tratamiento.

- Trasplantados de órganos sólidos o de precursores hematopoyéticos.


#EOL

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